Osiptel optimizará procedimientos para atención de reclamos

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El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) publicó un proyecto normativo que busca optimizar y hacer más sencillos los procedimientos de atención de reclamos de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones; además de facilitar el acceso a mayor información sobre las diversas etapas del procedimiento de reclamo ante las empresas operadoras del sector.

A través de la Resolución de Consejo Directivo N.º 052-2021/CD/OSIPTEL, emitida en el suplemento de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se proponen diversas modificaciones al Reglamento para la Atención de Gestiones y Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y al Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

La modificación planteada por el regulador, de carácter integral, revisa y ordena el procesamiento de los reclamos, apelaciones y quejas registradas por los operadores. También afina las definiciones y la clasificación de las materias en reclamo y obliga a que se mantenga informado al usuario sobre las distintas etapas del proceso que decida iniciar, esto, entre otros cambios con el fin de evitar que se generen trámites innecesarios y se pierda tiempo en estos procedimientos.

Reporte de averías
La modificación incluye propuestas para que los problemas de averías sean registrados como reportes para su atención por la empresa operadora y que, adicional a ello, la empresa operadora remita al Osiptel, de manera permanente, la información de esos reportes. Dicha información permitirá que el Osiptel realice un diagnóstico integral de los problemas de calidad y averías que se vienen presentando a nivel nacional en las distintas empresas operadoras.

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En ese sentido, también se encarga la aprobación de un instructivo técnico para el envío de información al Osiptel sobre reportes de calidad y avería, que incluye formatos de registro de reporte por parte de las empresas operadoras en un plazo máximo de tres meses tras la publicación de esta resolución.

Recepción de comentarios
Los interesados podrán enviar sus comentarios sobre la modificación propuesta por el Osiptel al correo electrónico [email protected], mediante un documento en formato Word, por treinta días hábiles, tras la publicación de la resolución. Esta información será sistematizada por la Dirección de Atención y Protección del Usuario (DAPU) del regulador. De esta forma, el OsipteL continúa la vigilancia de la calidad en la prestación y atención de los servicios de telecomunicaciones con el objetivo de empoderar a los usuarios en sus derechos y deberes.

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